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Miércoles, 09 de Febrero de 2022 Tiempo de lectura:

La Agencia Antifraude da a Xàbia tres meses para cerrar definitivamente los siete locales de la Punta del Arenal por carecer de licencia

Imagen de los siete locales que serán clausurados en XàbiaImagen de los siete locales que serán clausurados en Xàbia

La Agencia Valenciana Antifraude ha publicado la resolución final de la investigación que abrió a instancias de una denuncia anónima respecto a los locales de la Punta del Arenal de Xàbia y concede tres meses al Ayuntamiento de Xàbia y a la Conselleria de Justicia para que formalicen la clausura de los siete locales que hay en ese punto de la playa del Arenal ya que no tienen la licencia correspondiente ni informe de Costas al encontrarse en zona de afección de servidumbre de Costas.

La resolución final (VER) ha sido publicada este lunes y a lo largo de 39 páginas la Agencia recoge toda la investigación que ha llevado sobre la situación de las licencias de apertura de los locales: Bambula, Salt, Baltasar, Aqua, Botánico, Achill y Atalaya. Locales todos ellos que no cuentan, según se desprende de la información del expediente con la licencia preceptiva, ni con el permiso favorable de Costas para el desarrollo de la actividad, y cuyo cierre ordenó el Ayuntamiento a finales de septiembre, tal y como informaron en octubre de 2021 nuestros compañeros de Xabiaaldia.com.

 

En el documento, se afirma que los locales «han permanecido abiertos al público sin contar la con la licencia preceptiva municipal» información que extrae de los decretos de alcaldía emitidos en relación con cada uno de los establecimientos y añade que en “ninguno de esos expedientes” consta el informe obligatorio de la demarcación de Costas o del departamento autonómico de Costas.

 

Pero va más allá y recoge que en los expedientes de los siete negocios que ha revisado la Agencia se han incorporado «informes de los técnicos municipales y actas de inspección que ponían de manifiesto deficiencias a subsanar que podían comportar riesgo para la salud de las personas (y cita como ejemplo sistemas de evacuación de personas en caso de incendio) con lo que permanecer abiertos sin la debida autorización comportaba la comisión de una infracción que debía ser resuelta de manera inmediata».

 

Como prueba cita un acta de inspección de la Policía Local en 2018 de uno de los negocios, en la que ya se hacía constar la existencia de una infracción grave de la normativa autonómica por realizar su actividad sin licencia.

 

La Agencia tira las orejas al Ayuntamiento, que según desveló hace un mes Levante-EMV no había cerrado los locales porque la Conselleria de Justicia no había ratificado la decisión, y apunta que para la adopción de las medidas provisionales son competentes «tanto la administración local como la autonómica, tal y como se reconoce en uno de los informes emitidos por los técnicos correspondiendo a la administración local implicada, impulsar los trámites administrativos, instando a la finalización con celeridad de los procedimientos iniciados y el cumplimiento de los Decretos de alcaldía para el cese de la actividad».

 

Una actividad que sigue en la mayoría de ellos -los que están abiertos- y así lo confirma el texto de la Agencia Valenciana Antifraude «dichos establecimientos han permanecido abiertos al público, al menos, como indica el informe del intendente de la Policía Local, desde agosto de 2018, hasta la respuesta del Ayuntamiento al informe provisional -(tras la denuncia anónima) emitido por esta Agencia, en que no se menciona que se haya procedido en estos establecimientos a adoptar medidas de cese de actividad y clausura».

 

 

Sigue en esta línea en sus recomendaciones y en negrita, la Agencia subraya este mismo concepto «no ha sido comunicado por parte de la administración local a fecha de elaboración de este texto, que se haya dado cumplimiento a las medidas provisionales de cierre y cese total de actividad de los siete locales y que se encuentran contempladas en los decretos de alcaldía».

 

«Varios expedientes de los locales en tramitación en Conselleria»

 

Además insta a la Conselleria de Justicia a que «finalice» los expedientes sancionadores que según ha indicado “está en tramitación” por las “distintas infracciones cometidas y comunicadas, al tratarse de locales abiertos al público sin la oportuna licencia municipal y sin disponer la autorización preceptiva sectorial de Costas, además de las graves deficiencias en materia de seguridad detectadas según consta acreditado en la investigación realizada”. Para lo que le concede un plazo de tres meses.

 

La investigación de la Agencia, otros detalles y el rechazo de las alegaciones municipales 

 

Tras recibir la denuncia, la Agencia la recibió y comenzó su investigación: pidió un informe al Ayuntamiento sobre la situación de los citados locales. Así el intendente de la Policía Local en fecha 23 de julio de 2021 confirma que los establecimientos “objeto de la alerta” están abiertos al públicos.

 

Y un informe de un técnico de administración general del Ayuntamiento que afirma «los siete locales de ocio a los que se refiere la presente actuación se hallan abiertos al público irregularmente Pues en los expedientes administrativos de apertura que se hallan en tramitación no consta documentación que acredite el cumplimiento de la normativa técnica, tendente a garantizar el cumplimiento de las condiciones de seguridad para estos locales».

 

Por ello -sigue este informe municipal- «se habrá de proceder a la medida provisional de clausura de los locales -que recoge la Ley autonómica- previa audiencia de los interesados por un plazo de diez días».

 

Sigue el técnico municipal «con todo dado que la competencia para incoar, instruir y resolver los expedientes sancionadores graves o muy graves está atribuida en exclusiva a la administración autonómica, […] se considera por un criterio de funcionalidad debería ser la propia Conselleria o administración autonómica la que procediera a adoptar la medida provisional de clausura de dichos locales abiertos al público sin licencias».

 

En un primer informe remitido al Ayuntamiento para su contestación, éste responde a la Agencia Antifraude insistiendo en los argumentos y que la competencia de cierre es de la Conselleria.  Unas alegaciones en las que además se expone la «falta de medios» en el Ayuntamiento y el «cúmulo de asuntos» del servicio de Disciplina Urbanística (el área encargada de informar técnica y juridicamente todas las licencias). Estos argumentos fueron rechazados «por no aportar datos relevantes». 

 

A todo esto, hace un mes, trascendió que el propietario de cuatro de los siete locales había contratado un Organismo Colaborador de la Administración para tramitar correctamente las licencias de sus locales y cumplir con todas las exigencias legales.

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