Comunicado del Consell sobre la nulidad del ERE de RTVV
Tras el anuncio del cierre de Radiotelevisió Valenciana (RTVV) tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana declarando nulo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE), el Consell de la Generalitat ha realizado el siguiente comunicado:
La Generalitat Valenciana manifiesta que la difícil decisión de abordar
un ERE en Radio Televisión Valenciana se engloba dentro de la
reestructuración del sector público empresarial cuya finalidad era
lograr una administración más ligera y sostenible.
En el caso
concreto de RTVV, la deuda acumulada y asumida por la Generalitat,
superaba los 1.000 millones de euros. Una cifra que dejaba en evidencia
que RTVV era claramente deficitaria e insostenible con la dimensión que
tenía en ese momento.
Ante esta situación, se abrían dos caminos:
el cierre de la empresa pública o el redimensionamiento de la misma,
que afectaba de manera directa al tamaño de la plantilla.
La
voluntad de este Consell ha sido desde el primer momento la de mantener
abierta RTVV, en tanto que ofrece un servicio público. Por ello, se optó
por la segunda opción y, en aras de la independencia que debe regir
todo proceso de estas características, se encargó a una empresa externa
el proceso de ejecución del ERE.
Asimismo, se promovió una nueva
Ley de RTVV que ahondara en la vocación de servicio público, pluralidad y
defensa de las señas de identidad de la radio y la televisión públicas.
Es
en este punto donde acaban las decisiones del Consell respecto a RTVV.
El proceso de ejecución del ERE siempre ha correspondido, en exclusiva, a
la dirección de la empresa pública, en tanto que ésta siempre ha tenido
entidad jurídica propia.
Según la sentencia del TSJCV, dos son las causas concluyentes de que el ERE haya sido declarado nulo:
La
primera, la aplicación del criterio social sólo para trabajadores
afectados por el ERE que, en el momento de la aplicación, aún realizaban
sus funciones en la empresa, es decir, con posterioridad a la salida
del ente de empleados susceptibles de beneficiarse de dicho criterio y a
quienes no se tuvo en cuenta a la hora de aplicarlo.
La segunda,
la desafección de 186 trabajadores bajo el criterio único de que eran
los que, estando afectados, aún permanecían en la empresa debido a la
salida escalonada de los trabajadores afectados, sin tener en cuenta a
los trabajadores que ya habían salido en ese momento.
Según la
sentencia, ambas decisiones vulneran el derecho fundamental a la
igualdad tal y como señala el Tribunal. Un derecho que se negó a los
empleados que ya no prestaban sus servicios en RTVV como consecuencia
del ERE.
Descartado, por lo tanto, el camino que había decidido
emprender el Consell, sólo queda la otra vía que es, lamentablemente,
proceder a la supresión del servicio público de la radio y la televisión
de ámbito autonómico. La readmisión de más de mil empleados hace su
continuidad inviable, pues sólo el coste de los gastos de personal de
una plantilla de 1.700 trabajadores supondría aproximadamente 72
millones de euros; una cantidad a la que habría que sumar el gasto de
funcionamiento y mantenimiento de RTVV, un coste que la Generalitat no
puede asumir en estos momentos.
El Consell ha querido hacer
pública esta decisión con celeridad para no prolongar de manera
innecesaria la intranquilidad que supondría para los trabajadores de
RTVV.
La Generalitat tiene la obligación de priorizar los
servicios básicos y garantizar, ante todo, una sanidad, una educación y
unos servicios sociales de calidad, universales y gratuitos y ése es el
objetivo prioritario de todas las actuaciones que emprende el Consell.
La Generalitat Valenciana manifiesta que la difícil decisión de abordar
un ERE en Radio Televisión Valenciana se engloba dentro de la
reestructuración del sector público empresarial cuya finalidad era
lograr una administración más ligera y sostenible.
En el caso
concreto de RTVV, la deuda acumulada y asumida por la Generalitat,
superaba los 1.000 millones de euros. Una cifra que dejaba en evidencia
que RTVV era claramente deficitaria e insostenible con la dimensión que
tenía en ese momento.
Ante esta situación, se abrían dos caminos:
el cierre de la empresa pública o el redimensionamiento de la misma,
que afectaba de manera directa al tamaño de la plantilla.
La
voluntad de este Consell ha sido desde el primer momento la de mantener
abierta RTVV, en tanto que ofrece un servicio público. Por ello, se optó
por la segunda opción y, en aras de la independencia que debe regir
todo proceso de estas características, se encargó a una empresa externa
el proceso de ejecución del ERE.
Asimismo, se promovió una nueva
Ley de RTVV que ahondara en la vocación de servicio público, pluralidad y
defensa de las señas de identidad de la radio y la televisión públicas.
Es
en este punto donde acaban las decisiones del Consell respecto a RTVV.
El proceso de ejecución del ERE siempre ha correspondido, en exclusiva, a
la dirección de la empresa pública, en tanto que ésta siempre ha tenido
entidad jurídica propia.
Según la sentencia del TSJCV, dos son las causas concluyentes de que el ERE haya sido declarado nulo:
La
primera, la aplicación del criterio social sólo para trabajadores
afectados por el ERE que, en el momento de la aplicación, aún realizaban
sus funciones en la empresa, es decir, con posterioridad a la salida
del ente de empleados susceptibles de beneficiarse de dicho criterio y a
quienes no se tuvo en cuenta a la hora de aplicarlo.
La segunda,
la desafección de 186 trabajadores bajo el criterio único de que eran
los que, estando afectados, aún permanecían en la empresa debido a la
salida escalonada de los trabajadores afectados, sin tener en cuenta a
los trabajadores que ya habían salido en ese momento.
Según la
sentencia, ambas decisiones vulneran el derecho fundamental a la
igualdad tal y como señala el Tribunal. Un derecho que se negó a los
empleados que ya no prestaban sus servicios en RTVV como consecuencia
del ERE.
Descartado, por lo tanto, el camino que había decidido
emprender el Consell, sólo queda la otra vía que es, lamentablemente,
proceder a la supresión del servicio público de la radio y la televisión
de ámbito autonómico. La readmisión de más de mil empleados hace su
continuidad inviable, pues sólo el coste de los gastos de personal de
una plantilla de 1.700 trabajadores supondría aproximadamente 72
millones de euros; una cantidad a la que habría que sumar el gasto de
funcionamiento y mantenimiento de RTVV, un coste que la Generalitat no
puede asumir en estos momentos.
El Consell ha querido hacer
pública esta decisión con celeridad para no prolongar de manera
innecesaria la intranquilidad que supondría para los trabajadores de
RTVV.
La Generalitat tiene la obligación de priorizar los
servicios básicos y garantizar, ante todo, una sanidad, una educación y
unos servicios sociales de calidad, universales y gratuitos y ése es el
objetivo prioritario de todas las actuaciones que emprende el Consell.

















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