Noticias de Calp
El Juzgado obliga al Ayuntamiento de Calp a aprobar la Carrera Horizontal Profesional en un plazo máximo de seis meses
La sentencia ordena implantar la CHP con efectos retroactivos desde marzo de 2024, reconociendo el derecho del personal municipal a su desarrollo profesional según la normativa autonómica y estatal
El Juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Comissions Obreres contra el Ayuntamiento de Calp, ordenando al consistorio calpino que inicie en el plazo máximo de 6 meses la aprobación de la Carrera Horizontal Profesional (CHP) para todas y todos los empleados públicos del Ayuntamiento de Calp, con efectos retroactivos desde la solicitud por registro de entrada hecha por el responsable de la Sección Sindical de CCOO al Ayuntamiento de Calp, Pablo Terrones, con fecha 26 de marzo del 2024.
En su resolución, el juzgado reconoce a CCOO el derecho a la efectividad de la CHP de todos sus empleados públicos tal y como recoge el TREBEP (Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), aprobando un reglamento propio para el consistorio calpino con el que se establezca el sistema de grados de desarrollo profesional, la regularización de los requisitos, formas de acceso a cada uno de los grados, así como las retribuciones asignadas a los mismos, tal y como exige el artículo 117.2 de la Ley de la FPV (Función Pública Valenciana).
Esta sentencia, según el responsable de la Sección Sindical de CCOO, Pablo Terrones, representa una victoria muy significativa para todos los empleados públicos del Ayuntamiento de Calp, que verán por fin reconocido su esfuerzo y dedicación.
De este modo, el Ayuntamiento de Calp se unirá a los consistorios de Benissa, Teulada, Gata, Xàbia y Dénia, que ya han puesto en marcha su CHP, eso sí, sin necesidad de recurrir a los juzgados, como en el caso de Calp, sino que se ha aprobado directamente por medio de la negociación con la RLT (Representación Legal de los Trabajadores/se).

El Juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Comissions Obreres contra el Ayuntamiento de Calp, ordenando al consistorio calpino que inicie en el plazo máximo de 6 meses la aprobación de la Carrera Horizontal Profesional (CHP) para todas y todos los empleados públicos del Ayuntamiento de Calp, con efectos retroactivos desde la solicitud por registro de entrada hecha por el responsable de la Sección Sindical de CCOO al Ayuntamiento de Calp, Pablo Terrones, con fecha 26 de marzo del 2024.
En su resolución, el juzgado reconoce a CCOO el derecho a la efectividad de la CHP de todos sus empleados públicos tal y como recoge el TREBEP (Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), aprobando un reglamento propio para el consistorio calpino con el que se establezca el sistema de grados de desarrollo profesional, la regularización de los requisitos, formas de acceso a cada uno de los grados, así como las retribuciones asignadas a los mismos, tal y como exige el artículo 117.2 de la Ley de la FPV (Función Pública Valenciana).
Esta sentencia, según el responsable de la Sección Sindical de CCOO, Pablo Terrones, representa una victoria muy significativa para todos los empleados públicos del Ayuntamiento de Calp, que verán por fin reconocido su esfuerzo y dedicación.
De este modo, el Ayuntamiento de Calp se unirá a los consistorios de Benissa, Teulada, Gata, Xàbia y Dénia, que ya han puesto en marcha su CHP, eso sí, sin necesidad de recurrir a los juzgados, como en el caso de Calp, sino que se ha aprobado directamente por medio de la negociación con la RLT (Representación Legal de los Trabajadores/se).




























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