
Noticias de la Marina Alta
Medio Ambiente prohíbe las quemas en zonas forestales de la Comunitat desde el 1 de junio al 15 de octubre
La Conselleria de Medi Ambient, Infraestructures i Territori ha anunciado que, a partir del próximo domingo 1 de junio y hasta el 15 de octubre, ambos inclusive, entrarán en vigor las medidas de prevención de incendios forestales, que prohíben el uso del fuego en terrenos forestales y en áreas situadas a menos de 500 metros de estos.
Estas restricciones, recogidas en el reglamento forestal aprobado mediante el Decreto 91/2023, responden al aumento de las temperaturas y al elevado riesgo de incendios asociado a la desecación progresiva de la vegetación durante el verano.
Así, durante estos meses estará terminantemente prohibida la quema de residuos agrícolas o forestales, así como de márgenes de cultivo, tanto en zonas forestales como en aquellas ubicadas a menos de 500 metros de distancia.
La directora general de Prevención de Incendios Forestales, Rosa María Tourís, ha recordado que, con la llegada del buen tiempo se produce un aumento de las actividades al aire libre en los montes valencianos y ha apelado a la responsabilidad colectiva para evitar incendios: “Animo a la ciudadanía a disfrutar de nuestros espacios naturales, pero extremando el cuidado y el respeto a todas las medidas de prevención de incendios forestales, puesto que, en prevención, contamos todos”.
No obstante, se contempla una excepción limitada para los municipios que dispongan de un Plan Local de Quemas propio. En la Marina Alta, los municipios que disponen de uno son: Alcalalí, L’Atzúbia, Beniarbeig, Benidoleig, Benigembla, Benimeli, Benissa, Calp, Castell de Castells, Dénia, Els Poblets, El Verger, Gata de Gorgos, Llíber, Murla, Ondara, Orba, Parcent, Pedreguer, Poble Nou de Benitatxell, Sagra, Sanet i Negrals, Senitja, Teulada Moraira, Vall d’Alcalà, Vall d’Ebo, Vall de Gallinera, Vall de Laguar, Xàbia y Xaló. Puede conocerse cada uno a través de este enlace, en el apartado Alicante y clicando en las opciones Resumen o +Info.
Siempre que el plan lo recoja de forma expresa, se podrá autorizar la quema de cultivos agrícolas bajo ciertas condiciones: Únicamente en zonas de bajo riesgo, si el nivel de preemergencia es 1 y antes de las 11 h del día.
La Conselleria de Medi Ambient, Infraestructures i Territori ha anunciado que, a partir del próximo domingo 1 de junio y hasta el 15 de octubre, ambos inclusive, entrarán en vigor las medidas de prevención de incendios forestales, que prohíben el uso del fuego en terrenos forestales y en áreas situadas a menos de 500 metros de estos.
Estas restricciones, recogidas en el reglamento forestal aprobado mediante el Decreto 91/2023, responden al aumento de las temperaturas y al elevado riesgo de incendios asociado a la desecación progresiva de la vegetación durante el verano.
Así, durante estos meses estará terminantemente prohibida la quema de residuos agrícolas o forestales, así como de márgenes de cultivo, tanto en zonas forestales como en aquellas ubicadas a menos de 500 metros de distancia.
La directora general de Prevención de Incendios Forestales, Rosa María Tourís, ha recordado que, con la llegada del buen tiempo se produce un aumento de las actividades al aire libre en los montes valencianos y ha apelado a la responsabilidad colectiva para evitar incendios: “Animo a la ciudadanía a disfrutar de nuestros espacios naturales, pero extremando el cuidado y el respeto a todas las medidas de prevención de incendios forestales, puesto que, en prevención, contamos todos”.
No obstante, se contempla una excepción limitada para los municipios que dispongan de un Plan Local de Quemas propio. En la Marina Alta, los municipios que disponen de uno son: Alcalalí, L’Atzúbia, Beniarbeig, Benidoleig, Benigembla, Benimeli, Benissa, Calp, Castell de Castells, Dénia, Els Poblets, El Verger, Gata de Gorgos, Llíber, Murla, Ondara, Orba, Parcent, Pedreguer, Poble Nou de Benitatxell, Sagra, Sanet i Negrals, Senitja, Teulada Moraira, Vall d’Alcalà, Vall d’Ebo, Vall de Gallinera, Vall de Laguar, Xàbia y Xaló. Puede conocerse cada uno a través de este enlace, en el apartado Alicante y clicando en las opciones Resumen o +Info.
Siempre que el plan lo recoja de forma expresa, se podrá autorizar la quema de cultivos agrícolas bajo ciertas condiciones: Únicamente en zonas de bajo riesgo, si el nivel de preemergencia es 1 y antes de las 11 h del día.
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