El tiempo - Tutiempo.net

Lunes, 10 de Noviembre de 2025

Actualizada Lunes, 10 de Noviembre de 2025 a las 13:34:36 horas

Jueves, 15 de Marzo de 2018 Tiempo de lectura:

El Calpe C.F. no podrá obtener el resto de la subvención municipal al no justificar los pagos como marca la normativa

El Calpe C.F. no podrá acceder a lo que le queda por cobrar de la subvención municipal correspondiente a la temporada 2016/17 al no presentar la documentación justificativa de pagos en la forma y el plazo que establecen las bases.

[Img #9458]El pasado mes de noviembre se publicaron las  ayudas  municipales para la promoción del deporte correspondiente a la temporada 2016/2017, en aquel momento se abrió el plazo para que los distintos clubes deportivos locales pudieran presentar solicitudes según las bases.

 

Ese mismo mes de noviembre de 2017, el presidente del Calpe C.F. presenta solicitud de esta ayuda,  desde el departamento de intervención municipal  se realizó el cálculo de la cuantía correspondiente a este club, según los criterios establecidos en las Bases reguladoras para la concesión de ayudas para la promoción del Deporte, y la cuantía resultante fue de 69.906’98 €. Sin embargo, las propias bases establecen que el máximo de subvención destinada a cada club no puede superar la cantidad de 60.000 €, por ello, este es el importe máximo al que podría acceder el Calpe C.F. previa justificación.

 

Anteriormente, con fecha de marzo de 2017 se le había concedido al Calpe C.F. un anticipo a cuenta de 25.000 €, adelanto que también reciben otros clubes en función de sus necesidades. Por su parte el club presenta  documentación justificativa de pagos por valor de  39.330’64 €, es decir, pierde cerca de 20.000 euros a los que  podría tener derecho según las bases de la subvención al no aportar la justificación de pagos.

 

Con todo, ya en 2018 el Ayuntamiento requiere al club para que subsane la documentación aportada, entre los requerimientos se solicita la acreditación de los medios de pago de las facturas presentadas como justificación, ya que algunas son imprecisas y no cumplen la normativa. Además se le concede al club un plazo de 10 días para presentar la documentación.

 

Este punto ha sido reclamado a todas las entidades deportivas solicitantes de ayudas, en base a informe técnico de la Jefa de Negociado  de Subvenciones, con el fin de cumplir con la legalidad vigente en materia de subvenciones y ayudas.

 

Desde el club se ha solicitado la ampliación del plazo para la presentación de la documentación requerida, pero según  el informe jurídico no cabe la ampliación del plazo establecido en base a lo establecido en el Art. 68 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Por ello, el Calp C.F.  no podrá cobrar los 14.330’63 € que le resta de subvención municipal ya que no ha cumplido la normativa que se exige a todos  los clubes  para  acceder al programa de ayudas.

Comentarios
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.149

Todavía no hay comentarios

Quizás también te interese...

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.