Oficina Municipal de Información al Consumidor
Calp: La OMIC alerta de nuevas revisiones de gas fraudulentas.
Ante las consultas recibidas por la presencia periódica en la localidad de empresas o personas que pretenden realizar revisiones de las instalaciones de gas en domicilios particulares, la OMIC ha informado que éstas no son enviadas por el Ayuntamiento ni ningún organismo oficial, y que por otra parte, son los propios usuarios quienes deben elegir libremente la empresa que más les convenga, comparando los servicios que ofrecen y sobre todo los precios que cobran antes de contratar.
La Oficina Municipal de Información al Consumidor ha explicado que
las normas vigentes disponen que los usuarios de gas deben mantener en
buen estado su instalación doméstica, y tienen la obligación de
solicitar la revisión de esa instalación cada cinco años, en el caso de
gas butano y propano, o cada 4 años si se trata de una instalación de
gas natural. Para llevar a cabo ese trabajo los usuarios pueden elegir
libremente la empresa que más les convenga, pero éstas deben cumplir con
determinados requisitos, como estar legalmente autorizadas por la
Conselleria de Industria, Comercio e Innovación de la Generalitat
Valenciana con un número de registro, contando con instalador o
instaladores autorizados.
Además deben tener a disposición de los usuarios las tarifas de las piezas, de la hora de trabajo y de otros servicios concretos que realicen. Del mismo modo, deben tener a disposición de los clientes las hojas de reclamaciones oficiales.
Otra exigencia que deben observar es que al finalizar la revisión, la empresa debe entregar al usuario una certificación acreditativa
de la revisión periódica. Si sustituyen piezas, el usuario tiene
derecho a quedarse con las piezas viejas, que pueden servir de prueba en
caso de reclamación.
También debe saberse que si el dueño de la instalación no cumple con
la obligación de mantener las instalaciones en buen estado o no remite
el certificado de revisión transcurridos los cinco años, la empresa
suministrador del gas butano o propano puede negar el suministro.
La OMIC advierte asimismo que hay que pedir siempre factura de la revisión, sin necesidad de firmarla, ya que es suficiente con pagarla.
Ante las consultas recibidas por la presencia periódica en la localidad de empresas o personas que pretenden realizar revisiones de las instalaciones de gas en domicilios particulares, la OMIC ha informado que éstas no son enviadas por el Ayuntamiento ni ningún organismo oficial, y que por otra parte, son los propios usuarios quienes deben elegir libremente la empresa que más les convenga, comparando los servicios que ofrecen y sobre todo los precios que cobran antes de contratar.
La Oficina Municipal de Información al Consumidor ha explicado que
las normas vigentes disponen que los usuarios de gas deben mantener en
buen estado su instalación doméstica, y tienen la obligación de
solicitar la revisión de esa instalación cada cinco años, en el caso de
gas butano y propano, o cada 4 años si se trata de una instalación de
gas natural. Para llevar a cabo ese trabajo los usuarios pueden elegir
libremente la empresa que más les convenga, pero éstas deben cumplir con
determinados requisitos, como estar legalmente autorizadas por la
Conselleria de Industria, Comercio e Innovación de la Generalitat
Valenciana con un número de registro, contando con instalador o
instaladores autorizados.
Además deben tener a disposición de los usuarios las tarifas de las piezas, de la hora de trabajo y de otros servicios concretos que realicen. Del mismo modo, deben tener a disposición de los clientes las hojas de reclamaciones oficiales.
Otra exigencia que deben observar es que al finalizar la revisión, la empresa debe entregar al usuario una certificación acreditativa de la revisión periódica. Si sustituyen piezas, el usuario tiene derecho a quedarse con las piezas viejas, que pueden servir de prueba en caso de reclamación.
También debe saberse que si el dueño de la instalación no cumple con la obligación de mantener las instalaciones en buen estado o no remite el certificado de revisión transcurridos los cinco años, la empresa suministrador del gas butano o propano puede negar el suministro.
La OMIC advierte asimismo que hay que pedir siempre factura de la revisión, sin necesidad de firmarla, ya que es suficiente con pagarla.




















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